Las elecciones, a veces, son la venganza del ciudadano.
La papeleta es un puñal de papel
David Lloyd George
El día de mañana, 29 de enero, se cumplen 48 años de que en el Diario O¬ficial de la Federación (DOF) se publica la reducción de edad para ser sujeto de derechos políticos de 21 a 18 años. A menos de dos años del violento desenlace del movimiento estudiantil de 1968 en la ciudad de México, y en un contexto nacional e internacional en el que los jóvenes alzaron la voz en rechazo a una sociedad tradicional, se publicó en el DOF, un grupo de reformas a la Ley Electoral de 1951.
Dicha Ley establecía, entre otras cosas, que al cumplir 21 años todo individuo pasaba a ser sujeto activo con derechos políticos: derecho a votar y a ser elegido en elecciones periódicas y auténticas. Con las reformas del 29 de enero de 1970 se pretendió dar respuesta a la juventud mexicana, ya que con ellas se redujo, de 21 a 18 años cumplidos, la edad para votar. Antes de esa fecha, la única excepción para votar antes de los 21 años se alcanzaba con el matrimonio civil.
Durante el gobierno del presidente Gustavo Díaz Ordaz, es publicado el decreto por el cual se otorga la ciudadanía a los jóvenes mexicanos al cumplir los 18 años. El nuevo texto del artículo 34 constitucional señala: “Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que teniendo la calidad de mexicanos reúnan, además, los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años y II. Tener un modo honesto de vivir. Esta reforma se relaciona con los sucesos de 1968 y aunque la ciudadanía a menor edad no fue una demanda del movimiento estudiantil, se consideró que sería bien recibida por los jóvenes. Asimismo, esta reducción, obliga a disminuir la edad requerida para aspirar a los cargos de representación popular: diputados 25 años y senadores 30 años, en la actualidad.
Con anterioridad, el presidente Díaz Ordaz, había sido invitado por estudiantes de la Escuela Superior de Ingeniería y Arquitectura del Instituto Politécnico Nacional, para que fuera padrino de la generación de estudiantes 64-68; en la entrevista que les concedió, hablaron entre otros temas sobre la reforma al artículo 34 de la Constitución. En respuesta al compromiso asumido ante los estudiantes, el presidente Díaz Ordaz anunció durante su cuarto informe de gobierno la modificación al artículo 34, y el 20 de diciembre de 1968, envió la iniciativa al Congreso.
Esta medida representó un avance a nivel político ya que alrededor de 3 millones de jóvenes mexicanos se sumaron al grupo de electores potenciales que podrían participar en los comicios federales del 5 de julio de 1970, en los que se elegiría al presidente de la república, 213 diputados federales (178 electos de manera directa por cada distrito uninominal y los 35 restantes elegidos mediante un sistema de listas, diputados de Partido) y 60 senadores.
En la declaración universal de derechos humanos se establece, en el artículo 21, que "toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos". Que "toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país". Y que "la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto".
Por su parte, el artículo 25 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos establece que los ciudadanos tenemos derecho a "votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores", y a "tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país". En el mismo sentido se inscriben los derechos políticos que garantiza, para los estados miembros, el Pacto de San José (suscrito, tras la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José en Costa Rica y entró en vigor el 18 de julio de 1978).
Es por ello estimado lector, que, gracias a la juventud estudiosa y a los luchadores sociales de los años 60 y 70, se debe el que se haya consagrado constitucionalmente el derecho del voto a partir de 18 años y se haya alcanzado el ejercer los derechos políticos de una manera más adecuada.
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