La tortura es algo tan vergonzoso, pero es aún peor si se convierte en la política oficial de una democracia. Es una contradicción y es inaceptable.
Tzvetan Todorov
La definición de crimen de lesa humanidad (Leso significa agraviado, lastimado, ofendido: de allí que crimen de lesa humanidad indique un crimen que, por su aberrante naturaleza, ofende, agravia, injuria a la humanidad en su conjunto), recogida en el Artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, comprende las conductas tipificadas como “asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, tortura, violación, prostitución forzada, esclavitud sexual, esterilización forzada y encarcelamiento o persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos, de orientación sexual u otros definidos expresamente, desaparición forzada, secuestro o cualquier acto inhumano que cause graves sufrimientos o atente contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”.
El jurista romano Ulpiano, en el siglo III d.C., declaró que la quaestio (como se llamaba la tortura en la Antigua Roma) es “el tormento del cuerpo para obtener la verdad”. En el siglo XIII se indicó que: “La tortura es la indagación de la verdad por medio del tormento”. En el siglo XVII se definió que: “La tortura es el interrogatorio mediante el tormento del cuerpo... legítimamente ordenado por un juez con el fin de obtener la verdad”. De acuerdo al Diccionario de la Real Academia de la lengua Española la tortura se define como: “Grave dolor físico o psicológico infligido a alguien, con métodos y utensilios diversos, con el fin de obtener de él una confesión, o como medio de castigo”.
La definición más aceptada está contenida en el artículo I de la Declaración contra la Tortura aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas del 9 de diciembre de 1975, en la cual se indica que: “Tortura significa todo acto por el cual se inflige intencionadamente un intenso dolor o sufrimiento, físico o mental, por, o a instigación de, un funcionario público, a una persona para fines tales como obtener de ella o de una tercera persona una información o confesión, castigarla por un acto que ha cometido o intimidarla, a ella o a otras personas”.
El objetivo esperado mediante la tortura es el sometimiento y el quebrantamiento de la autoestima y la resistencia moral del detenido, con el fin de que el torturado acceda más fácilmente a los deseos del torturador. La tortura se puede realizar mediante:
a) Daño físico a través de: golpes, rotura de huesos, desgarres musculares, castración, aplastamiento, cortes, descargas eléctricas, desfiguración, quemaduras, aplicación de temperaturas extremas, ingestión de productos químicos o elementos cortantes, baños con substancias químicas, ahogamiento, violación, privación del sueño o posturas corporales incómodas;
b) Daño psicológico mediante la privación sensorial, el aislamiento, la humillación verbal o física, la manipulación de la información sobre el detenido o sus allegados, la mentira, la desorientación física y mental, o la simulación de torturas físicas o ejecuciones que contribuyan a la desmoralización. Uno de los principales razonamientos contra el uso de torturas o tratos degradantes o inhumanos es que cualquier persona sometida a ello es capaz de reconocerse autor de cualquier cosa, por absurdo que sea, con tal de dejar de sufrir.
En 1948 la comunidad internacional condenó la tortura en la Declaración Universal de Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Las Naciones Unidas han condenado desde sus comienzos la práctica de la tortura por ser uno de los actos más abominables que los seres humanos cometen contra sus semejantes. Es por ello que el 12 de diciembre de 1997 la Asamblea General de las Naciones Unidas proclama el 26 de junio, un día como hoy, el Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, con vistas a la erradicación total de la tortura y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que entró en vigor el 26 de junio de 1987.
Es por ello amable lector que la tortura, en todas sus formas y en todos los contextos, es inaceptable y no puede tolerarse. Juzgue Usted.
Imagen: corazondediosytucorazon.blogspot.com
Jorge A. Rodríguez y Morgado
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jarymorgado@yahoo.com.mx
conoSERbien; www.sabersinfin.com
Publicado originalmente en Saber Sin Fin el 27 de junio de 2016
Publicado originalmente en Saber Sin Fin el 27 de junio de 2016